jueves, 12 de enero de 2017

Sobre la Revolución Rusa

Este año que acaba de comenzar será testigo del centenario de la Revolución Rusa. En realidad, habría que hablar de revoluciones rusas, ya que en menos de un año hubo dos: la primera provocó la caída del zar y la segunda llevó a la instauración del primer Estado comunista del mundo y la creación de la Unión Soviética.



Con motivo de este aniversario, creo necesario hacer un recordatorio de unos sucesos que, junto con la Gran Guerra (1914-1918), moldearon el mundo y tuvieron una influencia decisiva en el resto del siglo pasado. Aún hoy, sin duda, vivimos las consecuencias de aquellos meses revolucionarios.

La Revolución no supuso solo el cambio de régimen en Rusia y su salida del bando aliado, sino que marcó el devenir de Europa y el mundo. La creación de la Unión Soviética, un Estado que duró casi ochenta años, supuso la instauración del primer régimen comunista del planeta, el cual fue el referente y guía para millones de personas. Sin la Revolución Rusa es imposible explica, no sólo la misma creación de la URSS, sino hechos tan relevantes como la Segunda Guerra Mundial, la Guerra Fría o el Nuevo Orden Mundial surgido tras la caída del Muro de Berlín en 1989.

Refugiados, origen y actualidad.

Fruto de la colonización, de la expropiación, de la convivencia diferencia y del desarrollo desigual nace el concepto actual de Pueblo Indígenas. El concepto de pueblo indígena implica a una pluralidad de individuos que convergen en torno a una identidad común.

En nuestro mundo civilizado, que tiene como columna vertebral los derechos humanos universales e individuales, han nacido múltiples controversias y concesiones relacionadas con los derechos colectivos. Esta es una controversia más. Estos Pueblos Indígenas, que han sido expoliados, desterrados e incluso eliminados de la faz de la tierra, tienen ciertas demandas, que se han consolidado en forma de derechos en documentos tan importantes como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas del año 2007. Un debate muy interesante se sitúa en aspectos en que necesariamente colisionan nuestros sistemas jurídicos y leyes de la propiedad con las peticiones ancestrales de estos pueblos. Por ejemplo, es de recibo señalar que el derecho a reclamar sus territorios choca con el derecho de sus propietarios actuales a conservarlo; y que el derecho a gobernar sus sistemas judiciales choca con el derecho de los ciudadanos de un país a recibir el mismo trato ante la ley. En esta línea señaló Australia cuando votó en contra de la declaración "debe haber solamente una ley para todos los australianos y no debemos mantener como reliquia prácticas legales que no son aceptables en el mundo moderno."

Pero inmediatamente después, derivada de esta conclusión intuitiva, surge el problema clásico entre etnocentrismo y universalismo. Es decir, son nuestros valores universalmente válidos del modo en que vaticinaba Kant o por el contrario cada acervo cultural y social es digna de generar un sistema normativo totalmente dispar.
Difícil solución que contente a todo el mundo en una diatriba argumentativa en la que todos tienen alguna fuga. Y sobre todo, difícil proteger sin desproteger, legislar sin romper leyes, y conceder sin usurpar.

Lo que se percibe de manera diáfana es que la injusticia cometida con estos pueblos, la irrupción histórica en su convivencia y el daño innegable que se le ha hecho desde el exterior no puede ser fácilmente reparado. Empecemos, tal vez, por dotar de mecanismos de inclusividad y participación a estas entidades colectivas en nuestras sociedades; reconozcamos que son iguales y luchemos por reparar el daño cometido a esos individuos.



Quizás entonces, cuando hayamos acabado con nuestra miseria moral, veamos un camino fructífero para construir el arduo edificio de derechos colectivos que la Declaración de las Naciones Unidas vaticina.

lunes, 9 de enero de 2017

¿Qué es un CIE?

Un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) es un establecimiento público de carácter no penitenciario donde se retiene de manera cautelar y preventiva a extranjeros sometidos a expediente de expulsión del territorio nacional.



Los centros de Internamiento de Extranjeros son un mecanismo extendido por toda la Unión Europea que tiene su origen en el desarrollo de la política migratoria común suscrita en el acuerdo Schengen de 1985. Se denomina Schengenland al territorio que comprende a aquellos Estados de la Unión Europea que han acordado la creación de un espacio común cuyos objetivos fundamentales son la supresión de fronteras entre estos países, la seguridad, la inmigración y la libre circulación de personas.


En la actualidad forman parte del territorio de Schengen los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza.

España cuenta con 8 CIES. Para ser internado en un CIE, la ley determina una serie de requisitos, entre los que se encuentran no tener los papeles que autorizan la permanencia en España durante más de tres meses o trabajar sin permiso para ello. 

¿Cuánto tiempo puede estar internada una persona en un CIE?

La ley dice que "el ingreso del extranjero en un centro de internamiento de carácter no penitenciario no podrá prolongarse por más tiempo del imprescindible para la práctica de la expulsión". En la práctica esto se traduce en que la duración máxima del internamiento no podrá exceder de 60 días. La estancia media actualmente está en 24 días, según Interior.

Cada vez son más los que se suman a la petición de cierre de estos lugares, pues se consideran una violación sistemática y flagrante de los derechos humanos fundamentales. Son muchos los que consideran estos CIES como una verdadera vergüenza para España.



Además se plantea el siguiente debate: ¿se puede privar de libertad sin acusación de delito alguno? Reflexionemos.